Amplian Plazo para los Designados como Emisores de Comprobantes de Pago Electrónico

Amplian plazo para los designados  como emisores de Comprobantes de Pago Electrónico

De acuerdo a la Resolución de Superintendencia 311-2016/Sunat, la cual entra en vigencia a partir del día de hoy 01/12/2016, modifica la Resolución de Superintendencia N° 203- 2015/SUNAT estableciendo que los sujetos obligados a emitir de manera electrónica los comprobantes de pago a partir del 01/12/2016 posterga esa obligación hasta el 01/07/2017 pero los obliga a enviar el resumen diario establecido en el numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/Sunat y sus normas modificatorias a partir del 01/01/2017.

Esta resolución también ha modificado la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 185-2015/Sunat y normas modificatorias, estableciéndo que el resumen de boletas de venta electrónica, notas electrónicas entrará en vigencia a partir del 01/07/2017.

Otra modificatoria que hace esta resolución es al númeral 3 de la primera disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 255-2015/Sunat y normas modificatorias estableciendo que las facturas electrónicas remitente y transportista serán obligatorias a partir del 01/07/2017.

Conclusión:

  1. Los contribuyentes designados como emisores electrónicos a partir del 01/12/2016 pueden seguir emitiendo sus comprobantes de pago y documentos vinculados a estos en formatos impresos o de manera electrónica hasta el 30/06/2017.
  2. Se debe enviar a partir del 01/01/2017 el resumen diario de comprobantes de pago, notas de crédito, notas de débito no emitidos en el SEE a Sunat a través de una declaración jurada informativa teniendo en cuenta la forma y plazo de envío de acuerdo al numeral4.2 del artículo 4 de la RS 300-2014/SUNAT

Ley del igv Justo a favor de las MYPES

Ley del igv justo a favor de las Mypes

El Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de Ley del igv Justo a favor de las  Mypes.

Con 107 votos y ninguno en contra ni abstenciones, se aprobó el proyecto de ley del igv justo el cual luego será enviado al ejecutivo para su promulgación u observación en los próximos 15 días.

Con esta medida las micro y pequeñas empresas ( Mypes ) tendrán un periodo de gracia para pagar el igv de manera diferida de hasta 90 días.

Mercédes Aráoz, dijo que las modificaciones establecen que las mypes, aquellas que  facturen menos de S/6 millones (1,700 UIT) al año, solo podrán acceder a este beneficio si cumplen con mantener un buen récord de pagos de tributos a la Sunat.

A esta ley se le ha puesto límites  y acotaciones de tal manera que están excluidas las mypes que mantengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a una UIT; las mypes que tengan como titular a una persona natural o socios que hubieran sido condenados por delitos tributarios o quienes se encuentren en proceso concursal, según la ley de la materia.

Datos adicional: Las micro, pequeñas y medianas empresas representan un 99.6 % de todos los negocios en nuestro país.

CTS – Noviembre 2016

CTS – Noviembre 2016

El próximo 15 de noviembre 2016 vence el plazo para depositar la CTS – Compensación por Tiempo de Servicio – a los trabajadores.

¿Conoce usted que entidad financiera paga más por la CTS?

Aquí le dejamos un link de la Superintendecia de Banca y seguro en el cual puede usted ingresar y ver todas las tasas de interés de las diferentes entidades financieras que más pagan. En promedio, las Cajas Rurales con un 7.7%, la empresas financieras con un 7.24% y luego están las Cajas Municipales con un 7.08%  y finalmente los bancos con un 3.3%.

Por otro lado,  el gerente de ASBANC –Asociación de Bancos – Alberto Morasaki informó que el 80% de los depósitos de la CTS está en soles y la diferencia está en dólares. Además indico que actualmente las entidades financieras están en la búsqueda de captar fondos en soles porque las tasas se han vuelto más competitivas. Tiempo atrás las tasas más competitivas las ofrecía las cajas municipales y rurales esto ya no es así porque ahora también los bancos ofrecen tasas competitivas para captar mayores fondos.

Los trabajadores tiene derecho a retirar de sus fondos de CTS hasta el 100% de los que excede a 4 sueldos considerados como intocables, salvo por motivo de cese. Ley Nro. 30334.

Para establecer el monto intangible, explicaremos en base a un ejemplo: Si el total depositado en el banco es de s/15000 y el sueldo del trabajadoR es s/2200, los cuatro sueldos equivalen a s/8800; el exceso a cuatro sueldos será s/6,200.

 

Amplían Fecha de Presentación de los Libros Electrónicos

Amplían fecha de presentación de los Libros Electrónicos

El día 30 de junio del 2016 Sunat ha publicado la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 031 -2016-SUNAT/600000   en la cual informa las nuevas fechas de presentación de los libros electrónicos  por parte de los contribuyente con la finalidad de extender el periodo de adaptación en el cumplimiento de la esta obligación:

Tenga el cuenta lo siguiente:

  1. Contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos, cuyas infracciones fueron cometidas o detectadas a partir del 01 de noviembre de 2008, siempre que las mismas sean regularizadas hasta el 30 de setiembre de 2016.
  2. Contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos desde el 01 de enero de 2016, siempre que las infracciones cometidas o detectadas sean regularizadas hasta el 31 de diciembre de 2016

RSNA N.° 031 -2016-SUNAT/600000

Lea la resolución completa y tome sus precauciones.

 

Pagaste tu renta en exceso? – SOLICITA DEVOLUCIÓN!

Pagaste tu renta en exceso? – Solicita Devolución!

Las personas naturales que sea dependientes e independientes que realizan pagos a cuenta mensuales también deben presentar su declaración anual ya que a fin de año se regularizan; con esta declaración sabremos si al cierre del periodo 2015 se pagó más impuestos a la sunat, en dicho caso solicitemos la devolución de TU DINERO.

Base legal: resolución de superintendencia N° 358-2015 sunat

1) ¿Cómo crear o aperturar un nuevo año en siscont 1415?

Crear o aperturar un nuevo año en siscont 1415

Para responder a  la consulta de cómo crear o aperturar un nuevo año en Siscont, se explicará en base a un ejemplo:

Suponer que el usuario ha registrado información del periodo 2014 de la empresa Mi Amigo S.A.C. cuya ruta del año pasado en el siscont fue D:\conta\amigo2014 y se necesita crear un nuevo año, es decir, el periodo 2015 de la misma empresa, seguir el siguiente procedimiento::

1. Abrir el Siscont.
2. Picar sobre el botón Empresa.
3. Picar sobre el botó Agregar
4. En la siguiente pantalla debe llenar los campos que solicita:

Crear nuevo ano en siscont

Explicación de la figura:

Descripción: nombre corto de la empresa y año a trabajar

Ruta: se debe registrar la ruta del nuevo periodo.

Ruta: se debe anotar la ruta del periodo pasado. De esta manera se copia el entorno de trabajo o maestros principales al nuevo año de trabajo.

Si creó el nuevo periodo y no se copió el entorno de trabajo, vuelva a crearla pero al final de la nueva ruta le aumenta una letra o número adicional.

.

Cambie el año de trabajo por el nuevo ingresando a Contabilidad > Utilitarios > Datos generales de la empresa

1) Creación de empresa Siscont


Hoy explicaremos la creación de empresa o cómo seleccionar una ya creada desde el botón empresa en el Siscont.

Procedimiento para crear una nueva empresa dentro del botón empresa

A continuación se explica paso a paso cómo crear la ruta de un empresa nueva en el siscont a partir del «Botón empresa». Para ello tomaremos de ejemplo una empresa modelo llamada Mi Amigo S.A.C., crearemos el periodo 2011.

En los siguientes puntos se explica la creación de una nueva empresa:

1.- Abrir el explorador y ubicarse en la raíz del disco D. Crear la carpeta CONTACreando la carpeta "Conta" para crear una empresa nueva en Siscont

2.- Picar sobre el botón empresa.

3.- En la siguiente pantalla pulsar clic sobre el botón agregar o pulsar la tecla insert (está en el teclado). Se visualizará una ventana sobre la cual completará los campos. Ejemplo: Se creará la empresa Mi amigo s.a.c.

Donde:

  • Descripción anotamos un nombre relacionado a la empresa a crear.
  • Ruta  digitará la ruta  donde se guardará la información contable.
  • Ruta anotará la ruta de la cual copiará las Tablas y Parámetros (se sugiere que la primera vez sea de la empresa demostrativa).

.Creación de la ruta para crear una nueva empresa en Siscont

El símbolo “ “ se genera con las teclas ALT+92

4.- Pulsar clic sobre el botón Grabar. Inmediatamente retornará a la pantalla anterior visualizando la ruta que acaba de digitar.

5.- Para que el sistema proceda a crear la ruta de la nueva empresa, debe pulsar doble clic sobre la misma.

6.- Seguidamente visualizará el mensaje:

Mensaje que indica la creación de empresa en Siscont

7.- Pulsar clic sobre el botón SI, automáticamente creará ruta de la nueva empresa. Seguidamente le solicitará que ingrese un Usuario y Clave, por defecto es DEMO:

Usuario y clave por defecto de Siscont

8.- Pulsar clic sobre el botón OK. Con ello retornará a la pantalla principal del Siscont.

Este ejemplo es aplicable para crear cualquier tipo de empresa y de cualquier año en el siscont. Además, en esta opción puede seleccionar cualquier empresa creada.

El procedimiento explicado es válido para la versión siscont 1415  contador, siscont 1415 profesional, siscont 1415 empresarial red, siscont 1415 SQL

2) ¿Cómo restaurar un backup o copia de seguridad en siscont 1415?

Respondiendo a la pregunta, el usuario aprenderá a cómo restaurar un backup o copia de seguridad de su información contable en el siscont

Procedimiento para restaurar una copia de seguridad o backup

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3) ¿Por qué no se visualiza una cuenta en mi balance de comprobación ?

No se visualiza una cuenta en mi balance de comprobación

Algunos usuarios se comunican consultando lo siguiente: Por qué no aparece una cuenta en el balance de comprobación ?

Esto puede suceder por lo siguiente:

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2) Datos generales de la empresa


El día de hoy explicaremos dónde debe registrar las datos de la empresa los cuales servirán para que pueda visualizarse en todos los reportes del siscont.

Procedimiento para registrar los datos generales de la empresa en siscont

Los datos generales de una empresa es la información que podrá visualizar  en todos los reportes que emita el sistema. Estos se ubicarán en la parte superior izquierda de dichos reportes.

Una vez creada la nueva empresa debe personalizarla, es decir, registrar sus datos tales como razón social, dirección, RUC, además del año de trabajo y logo de pantalla

Para acceder a la opción picar en la siguiente ruta:

Contabilidad > Menú Utilitarios > Datos Generales de la empresa.

  1. En la siguiente pantalla registre los datos de su empresa tomando como modelo la información según figura:
  2. Año de trabajo, datos generales de la empresaPulsar clic sobre el botón Grabar. El sistema retornará a la pantalla del botón de contabilidad. En la parte superior observará la versión del sistema y el logo de pantalla de la empresa que digitó en el campo logo de pantalla.

Logo de pantalla, versión y mes en la parte superior dentro del botón Contabilidad

Recuerde que en el campo 4ta Línea de Impresión debe digitar sólo el número del RUC