Nueva UIT 2016

Nueva UIT para el periodo 2016

El nuevo valor de la UIT para el año 2016 se ha incrementado a s/3950 según Decreto Supremo N.° 397-2015-EF

Esta nueva unidad impositiva tributaria (UIT) ,  se toma como valor referencial que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos. Esto de acuerdo al código tributario.

La nueva UIT repercutirá en varios aspectos como por ejemplo:

  • El igv en la primera venta de un inmueble destinado exclusivamente a la vivienda. Límite de 35 UIT
  • En el impuesto de alcabala, se encuentra inafecto de impuestos las 10 primeras UITs.
  • -Nuevos  montos para que opere la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría. Entro otros ejemplos que se podría dar.

Recuerde que el nuevo valor de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) es de s/3950 para el periodo 2016 y trae consigo nuevos límites tributarios.

 

Cambio de la unidad monetaria de Nuevo Sol a SOL

Cambio de la unidad monetaria del Perú a Sol

Según la ley 30381 aprobada por el congreso de la república el 20 de noviembre pasado  establece el cambio del nombre de la unidad monetaria del Perú de Nuevo Sol a Sol con la finalidad de agilizar las transacciones económica y adecuarlas a nuestra realidad. Es decir, que ya no se llamará nuevo sol sino SOL cuyo símbolo es S/.

Esta ley fue publicada el 14 de diciembre del 2015 en el diario El Peruano y entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

 

Notificación Electrónica – Sunat

Como se sabe, Sunat ha empezado a implementar la notificación electrónica como parte de su procedimiento de fiscalización.

Si recibe una notificación mediante correo u otro medio electrónico recuerde que surte efecto al día hábil siguiente del depósito del mensaje.

Base legal: Código tributario artículo 104 segundo párrafo del inciso b) .

Sunat a través del buzón SOl  nos podrá hacer llegar las siguientes notificaciones:

  1. Órdenes de pago por tributos declarados y no pagados.
  2. Resoluciones de multa
  3. Resoluciones que aprueban o desestiman un fraccionamiento
  4. Resoluciones de Cobranza Coactiva, incluyendo la que da fin al procedimiento
  5. Otras previstas en las normas vigentes.

Es importante :

  1. Que actualice sus datos en su ficha RUC.
  2. Si trabajas con correo corporativo le sugerimos no sólo revisar la bandeja de entrada también la de correos no deseados (spam).
  3. Añada a su lista de contactos los correos que usa sunat para enviar los comunicados, de esta manera, no se guardará en correos no deseados. Aquí algunos correos que Sunat usa para enviar los comunicados.

* informate@sunat.gob.pe
* webmaster@sunat.gop.pe

En Conclusión:

Es muy importante que revise el buzón de entrada de su email, así como la carpeta spam (correos no deseados).

Revisar diariamente su buzón Sol.

Recuerda que el recibir una notificación electrónica es tan válida como recibir una notificación por courier.

Es obligatorio anotar la placa del vehículo a partir del 01-11-2015

Es obligatorio anotar la placa del vehículo:

A partir del 1 de noviembre del 2015, según resolución de superintendencia N° 185-2015/SUNAT publicada el 17 de julio del 2015 que modifica la normativa con respecto a la emisión facturas electrónicas y la emisión de facturas y tickets contenido en el reglamento de comprobantes de pago.

En esta oportunidad nos vamos a centrar en el caso de la emisión de facturas electrónicas, tickets de máquina registradora y facturas físicas las cuales deben consignar o figurar el número de placa del vehículo de manera obligatoria de acuerdo a los siguientes supuestos:

  1. Cuando se dé la cesión en uso de vehículos, en el caso se conozca este dato al momento de la emisión del comprobante.
  2. Cuando se dé la venta al público de combustible para vehículos automotores, se despache el combustible directamente al tanque de dicho vehículo automotor. Este punto se ha prorrogado, entra en vigencia a partir del 01 de julio del 2016 según Resolución de superintendencia N° 300-2015 – Sunat del 30 de octubre del 2015.
  3. En la prestación de servicios de mantenimiento, seguros, reparación y similares para vehículos automotores, debe figurar el número de placa del vehículo sobre el cual se hizo la prestación del servicio.

Cabe mencionar que sunat tendrá una mejor herramienta para poder fiscalizar puesto que podrá analizar la causalidad del gasto para efectos del impuesto a la renta así como la utilización en el crédito fiscal  del igv.

No olvides que debe figurar el número de la  placa del vehículo en las facturas según se indica en el punto 1 y punto 3  ¡ ya lo sabes !

Quiénes deben incorporar la tercera copia: factura negociable?

Factura Negociable – Baja de comprobantes de Pago:

Según la Resolución Sunat 211-2015 obliga a incorporar una tercera copia: factura negociable a las facturas comerciales. Esta norma entró en vigencia a partir el 01 de setiembre del 2015.  http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2015/211-2015.pdf

Vaya ¿no puedes ver el video?

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