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Prórroga excepcional de las fechas de vencimiento para periodo mayo 2019

Se establece prórroga excepcional de las fechas de vencimiento aprobadas por la Resolución de Superintendencia N° 306-2018/SUNAT

Mediante RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 127-2019/SUNAT  del 18 de junio del 2019  establece prórroga excepcional de las fechas de vencimiento aprobadas por la Resolución de Superintendencia N° 306- 2018/SUNAT

Debido a los inconvenientes que presenta la plataforma SUNAT y con la finalidad de no perjudicar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias se ha establecido u nuevo cronograma en la presentación de la declaración y/o pago de impuestos para el período tributario MAYO 2019, podrá ser cumplida de acuerdo con su último dígito de RUC en las siguientes fechas nuevas:

La fechas máximas de atraso para el registro de compras y de ventas e ingresos (sean generados mediante el SLE-PLE o el SLE-Portal) se regirán con el nuevo cronograma para el período mayo 2019.

Para el período marzo 2019, respecto de las fechas máximas de atraso previstas en el anexo III “CRONOGRAMA TIPO B – FECHA MÁXIMA DE ATRASO DE LOS REGISTROS DE COMPRAS Y DE VENTAS E INGRESOS (SEAN GENERADOS MEDIANTE EL SLE- PLE O EL SLE-PORTAL)”.