Comprobantes de pago electrónico deberán incluirán el impuesto a las bolsas de plástico

Establecen nuevos requisitos de los comprobantes de pago y los documentos vinculados a estos a efecto de la administración del impuesto al consumo de las bolsas de plástico

impuesto al consumo de las bolsas de plástico

El impuesto al consumo por las bolsas de plásticos (ICBPER)  deberá incluirse en las facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito así como en los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras como requisito mínimo.

A partir del 01 de agosto del 2019 entra en vigencia la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 150-2019/SUNAT que establece nuevos requisitos de los comprobantes de pago y los documentos vinculados a estos a efecto de la administración del impuesto al consumo de las bolsas de plástico

Para entender la norma explicamos qué  es el ICBPER el cual fue creado bajo la ley N° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, en su artículo 12

ICBPER

Es el impuesto al consumo de las bolsas de plástico y grava la adquisición bajo cualquier título de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes enajenados por los establecimientos comerciales o de servicios de contribuyentes del IGV que las distribuyan. No forma parte de la base imponible del IGV y constituye ingreso del tesoro público y su administración le corresponde a la SUNAT;

Cuál es su finalidad?

Desincentivar el uso de bolsas de plástico y contribuir a la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

Teniendo en cuenta lo explicado, la SUNAT ha visto conveniente emitir esta nueva resolución en la cual  modifica la normativa que regula la emisión de comprobantes de pago y documentos vinculados a estos -que incluye la normativa sobre emisión electrónica- para incorporar nuevos requisitos mínimos en la factura, la boleta de venta, los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, la nota de crédito y la nota de débito, que le permitan contar con la información necesaria para la administración de dicho impuesto.

Esta nueva resolución también indica que el nombre del impuesto «ICBPER» deberá estar impreso junto al importe total por concepto del cobro y que este requisito deberá incluirse en las facturas, boletas de venta y tickets emitidos por máquinas registradoras.

También establece que para los emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) desarrollado desde los sistemas del contribuyente, el SEE Operador de Servicios Electrónicos y el SEE Facturador SUNAT están exceptuados de incluir los requisitos mínimos hasta el 31 de marzo de 2020, siempre y cuando se consigne el importe total del ICBPER.

 

 

 

 

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2 comentarios
    • Luz Carazas
      Luz Carazas Dice:

      Hola Salvador: » El impuesto a las bolsas de plástico será cobrado por la persona natural o jurídica sujeta al I.G.V. Julio Huamán, profesional de la Gerencia de Orientación y Servicios de la Sunat, explicó que este selectivo no gravará a los consumidores que acudan a mercados o pequeñas bodegas sujetas al Régimen Único Simplificado (RUS), que pagan un porcentaje menor por sus ventas o compras. En este tipo de establecimientos las ventas o compras no superan los S/5.000 u S/8.000.» Fuente: El Comercio

      La última modificación en la normativa de los requisitos mínimos es tanto para comprobantes físicos y electrónicos. Te sugiero leas la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 150-2019/SUNAT, la ley 30884 y la pre-publicación del reglamento de dicha ley.

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